DUDAS TRIBUTARIAS - SII

jueves, 8 de junio de 2017


1.- ¿Cómo facturo a una empresa extranjera?

En primer lugar, se debe determinar si su giro puede ser calificado como una exportación de servicios afecta a IVA, o como un servicio de asistencia técnica o asesorías, que no está afecto a IVA. Para ello, debe consultar a la Dirección General de Aduanas.

2.- En qué apartado se completa dicha factura del Formulario 29 de la declaración mensual de impuestos del SII

Nuestros servicios no incluyen como completar el F29.

3.- Una persona me presta ayuda de soporte informático desde EE.UU. ¿Me tiene que facturar a la empresa? ¿Cómo tendría que hacerlo? ¿Cómo se refleja dicha en el F29? ¿Se considera empleado?

Todos los prestadores de servicios de su empresa, deben facturar a su empresa, para que dicho pago sea considerado un gasto. Incluso, puede que su empresa emita una boleta de honorarios a terceros. Bajo este concepto, no pueden ser considerados empleados, sino que trabajadores independientes.

Se debe emitir una BTE, ingresando el RUT 44.444.444-4 y el domicilio social de la empresa que recibe esos servicios en Chile.

4.- Uso plataformas de cobro y pago tales como PayPal y 2CHeckout en dólares, ¿Cómo reflejo dichos ingresos en pesos chilenos a través de la declaración mensual de impuesto F29? ¿Se debe hacer el cambio con el dólar observado de la fecha de pago? ¿Es necesario liquidar dichos dólares a una cuenta en pesos?

Independiente de la forma a través de la cual realiza el cobro de sus ingresos, son fundamentalmente ingresos, y por ello se consignan como ventas, con boletas o facturas, en el F29. El valor del pago en USD, se calcula en la fecha en que se liquida el USD a $, según su sistema de pago.

5.- Compro productos a través de unos proveedores residentes en el extranjero que no proveen factura, ¿Cómo puedo reflejar dicho gasto?

Los gastos por compras, se justifican a través de un INVOICE emitido por el proveedor extranjero, calculado a $ desde el momento que se devenga el ingreso, independiente que se perciba.

6.- ¿Se puede justificar como gasto el pago de publicidad de plataformas como Facebook?

Se puede declarar como gasto la publicidad, en el F29.

7.- ¿Existe alguna plataforma en Chile para liquidar Dólares a Pesos chilenos con comisiones bajas y donde se respete el valor del dólar al momento de realizar el cambio?

La única plataforma oficial, serían los bancos o casas de cambio.

8.- Estoy contratado por la sociedad de la cual soy único accionista, ¿puedo no pagarme el sueldo unos meses dado que recién estoy empezando el negocio, pero si mantener el pago de las cotizaciones (FONASA, AFP, AFC...)?

Si está contratado, aconsejo pagarse las leyes sociales de 22% del sueldo base imponible, de manera de no tener lagunas a lo largo del tiempo.

Cualquier otra consulta no dude en ponerse en contacto:



Grajales 2496,
Santiago-Chile
contacto@globeconsulting.cl
Phone: +56 9 5137 2269

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