Para emitir
la boleta debes ingresar a tu cuenta del SII (si no tienes debes iniciar
actividades [algún día haremos otro tutorial]) e ir al menú de Boleta
de Honorarios -> Emisor de boleta de honorario -> Emitir
Boletas -> Por contribuyente.
En la siguiente
ventana debes seleccionar:
El
contribuyente emisor será quien se encargue del pago provisional mensual
correspondiente al 10%.
Indicado para los contribuyentes personas naturales o jurídicas de Segunda Categoría de la Ley de Impuesto a la Renta que declaran PPM de Segunda Categoría en el formulario F29.
Indicado para los contribuyentes personas naturales o jurídicas de Segunda Categoría de la Ley de Impuesto a la Renta que declaran PPM de Segunda Categoría en el formulario F29.
Ahora
llenaremos la boleta de honorarios cuadro por cuadro.
La Fecha
de Boleta es la fecha, no hay mucho que agregar (*).
En el campo Rut
Destinatario puedes usar el 55.555.555-5 ó el rut
44.444.444-4. El sistema te va indicar que no uses los puntos.
Para Nombre
Destinatario puedes colocar Extranjeros sin rut. Este campo se llena
automáticamente con esta descripción más adelante.
En el campo Domicilio
Destinatario coloca tú domicilio actual y para Región y Comuna
usa las que correspondan a la dirección ingresada. Evidentemente no podrás
ingresar una dirección extranjera ya que es obligación llenar el campo Región y
Comuna.
El siguiente
campo Prestación 1 puedes colocar una descripción breve de tus servicios
como por ejemplo: Publicidad online. En el valor coloca los ingresos en
pesos chilenos que obtuviste durante el mes. No apliques ningún descuento.
Si te llegó un pago por 500 dólares y el dólar de milagro estaba a 500 pesos,
coloca en Valor 1 la cifra de 250.000.
Te
recomiendo hacer una suma de todos tus ingresos y colocar una sola
prestación para no complicarte la existencia.
Pulsa el
botón de abajo Confirmar Emisión para continuar.
¡Atento!
Ahora viene
uno de los errores algorítmicos ya reportado de forma verbal al SII. Según
el jefe de área que me atendió el sistema está desarrollado de
esta manera y supongo como “así es Chile” no hay nada que hacer.
Al marcar el
botón de Confirmar Emisión te aparecerá un popup o ventana
emergente que es la siguiente:
Sr
Contribuyente.
Se le
recuerda que la normativa vigente establece que las personas jurídicas en
general, que paguen honorarios, están obligadas a retener y deducir del monto
de las rentas pagadas el impuesto con tasa provisional de un 10% (artículos 42
y 74 de Ley de Renta).
Debido a
esto, y si la boleta de honorarios electrónica que desea emitir se encuentra en
esta situación, la retención del 10% debe ser realizada por el receptor de la boleta,
por lo que se le sugiere cambiar la opción de retención seleccionada en página
anterior.
Para
corregir automáticamente la selección inicial de retención y continuar con la
emisión, presione el botón “Aceptar”, para omitir esta normativa y continuar con
la emisión de boletas sin modificar los datos ingresados inicialmente,
presiones “Cancelar”.
Debes
presionar Cancelar.
Según mi
punto de vista es un error que salga este mensaje, ya que estás emitiendo una
boleta a una empresa extranjera, un dato que ya agregamos anteriormente y que
el SII detecta automáticamente al usar uno de los RUTs asignados para dicho
proceso. Si es una empresa extranjera, no tiene persona jurídica en el
país (si no fuese de esta manera, harías una boleta de honorarios directamente
con sus datos) por tanto es imposible que ellos paguen el PPM. ¿Para qué
mostrar el mensaje de corrección de pago del PPM entonces?
Si alguien
tiene mayor conocimiento favor indicar alguna situación en donde sea necesario
este popup, recordando que estamos hablando de empresas fueras del país. Otro
caso para Misterio sin Resolver.
En la última
pantalla te muestran un borrador para que confirmes los datos y finalmente
podrás presionar el botón Emitir Boleta de Honorarios Electrónica.
Consejos finales:
- Te recomiendo emitir boletas siempre y cuando necesites demostrar ingresos a alguna entidad, sea casa comercial, banco o la que esté de turno.
- Casi ningún banco o casa comercial te dará acceso a una cuenta si no tienes al menos 6 meses de antigüedad. Eso significa 6 meses seguidos boleteando. No importa si ganas varios millones de pesos, la antigüedad y la constancia sin vacíos en los ingresos, pesa más que lo que ganas para estos casos.
- (*) Puedes emitir boletas hasta con 3 meses de atraso, pero no es recomendable salvo casos extremos, ya que tendrás que cancelar el PPM habitual más una multa por el no pago mensual que debes realizar por el formulario 29 todos los meses antes del día 12 si es en papel y hasta el día 20 si es pago por transferencia (da para otro artículo). Puedes ver las fechas en detalle acá. No es posible saber de cuánto es la multa hasta que pagues. Un extraño pensamiento de los administradores del SII, ya que, si sé que mi multa no es muy elevada, la pago, pero ante la duda, es preferible no arriesgar.
- No realices boletas a menos que generes ingresos por sobre el sueldo mínimo, a menos claro, que sea algo específico, como por ejemplo, tener 100 boletas emitidas, que créanlo o no, es un indicador de que eres una persona “solicitada”. Recuerden que estamos hablando en general de personas menores a 25 años.
- Pero… Esto no acaba, ahora debes realizar mensualmente el pago de tu PPM con el formulario 29.
Cualquier otra consulta no dude en ponerse en contacto:
Grajales 2496,
Santiago-Chile
contacto@globeconsulting.cl
Phone: +56 9 5137 2269
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