CÓMO SABER SI EMPRESA PAGO RETENCIÓN DE IMPUESTO 10%

martes, 20 de junio de 2017


“Hice una boleta con la respectiva retención por parte de la empresa. ¿Cómo puedo saber si fue pagada esa retención?”
Estimado:
Para monitorear si un agente retenedor persona jurídica (es decir, empresa, institución, etc., cualquiera que no sea persona natural, -particular- o cliente situado en el extranjero) declaró la retención que le corresponde, debes seguir el procedimiento descrito a continuación. Es importante verificar que todos tus clientes hayan declarado correctamente su retención de impuestos, ya que de lo contrario no podrás efectuar la Declaración de Renta Anual ni obtener tu devolución de impuestos hasta que esta situación sea corregida. Veamos entonces cómo se revisa:
1) ingresas al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) > menú “Servicios online” > Declaración de renta > Consulta y seguimiento > Información de sus ingresos, agentes retenedores y otros.
2) Selecciona el período a consultar. Si es el presente año, deja tal cual aparece y haz click en botón “Consultar”.
3) Aparecen 4 recuadros con un título respectivo, en forma de hipervínculo clickeable:
  • Honorarios (Retenciones Art. 42 Nº 2 y Art. Nº 48). (F-1879)
  • Cuentas de Ahorro Voluntario sujetas a las disposiciones generales de la LIR y Ahorros Previsionales Voluntarios acogidos al inciso segundo del Art. 42 bis de la LIR (F-1889)
  • Cotizaciones Previsionales Obligatorias y Pagos Previsionales de Cotizaciones en A.F.P.. (F-1900)
  • Pagos Provisionales Declarados Mensualmente F29.
Al hacer click sobre el primero de estos títulos aparece un listado detallado de cada uno de los agentes retenedores -clientes, empresas, instituciones- que declararon el 10% (es decir, boletas que emitiste para personas jurídicas).
Al hacer click sobre los dos siguientes títulos aparece un listado detallado de tus cotizaciones previsionales en la AFP a que estás afiliado. Esos montos no serán descontados de tu devolución de impuestos si renunciaste a cotizar. Recuerda que la renuncia será opcional sólo hasta 2018. A partir de ese año, cotizar será obligatorio para todo profesional que perciba honorarios.
Al hacer click sobre el último de estos títulos aparece un listado detallado de cada una de las declaraciones mediante Formulario 29 que tú hiciste (es decir, boletas que emitiste para personas naturales y/o clientes en el extranjero).


Cualquier otra consulta no dude en ponerse en contacto:



Grajales 2496,
Santiago-Chile
contacto@globeconsulting.cl
Phone: +56 9 5137 2269

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