BOLETAS DE HONORARIOS Y COTIZACIONES 2018

viernes, 25 de mayo de 2018

ACTUALIZACIÓN: La presente entrada se encuentra desactualizada en virtud de la Ley N° 21.133, que rige desde el 2 de febrero del 2019.

1. ¿Es obligatorio cotizar AFP y SALUD si estoy a Boleta de Honorarios?

Sí, siempre y cuando recibas unos honorarios iguales o superiores al salario mínimo. ($276.00 CLP).

2. ¿Es posible seguir renunciando a la obligación de pago de cotizaciones como solía haciendo hasta ahora?

No.

3. ¿Tiene obligación la empresa para la cual presta servicios pagar mis cotizaciones?

No, no está obligada salvo acuerdo en contrario.

4. ¿Cuál es el porcentaje que tengo que descontar todos los meses de cotizaciones?

Aproximadamente 21%.

5. ¿Qué pasa si no pago mis cotizaciones?

Se acumulan y deberán ser desembolsadas en la declaración renta del próximo año comercial a través de SII.

6. ¿Qué sucede con el 10% que me retienen de las boletas de honorarios?

Si no se pagó mensualmente las cotizaciones, será descontado en la declaración renta, debiendo pagar un 11%.

7. ¿Sobre que renta se calcula el pago de cotizaciones?

Sobre el 80% de la renta declarada.

Ejemplo:

Durante 2018, Pedrito boleteo $500.000 CLP todos los meses para la Empresa de Juan, recibiendo un sueldo líquido de $450.000 CLP.

Durante el año comercial de 2018 Pedrito nunca pagó sus cotizaciones a través del sistema de Previred.
Para sorpresa de Pedrito, cuando en abril fue a hacer la declaración renta 2019 (año comercial 2018) y descubrió que no solo no iba a percibir los $600.000 CLP que estaba acostumbrado correspondiente al 10% de PPM que pagó la Empresa de Juan todos los meses durante 2018, si no que además deberá pagar todas sus cotizaciones acumuladas durante el 2018. Por lo tanto:

Base imponible: $4.800.000 CLP
PPM acumulado (10%): $600.000 CLP
Deuda cotizaciones (21%): $1.008.000 CLP
Total a pagar al SII en concepto de cotizaciones: $408.000 CLP

8. ¿Qué pasa si no quiero cotizar?

Existe la posibilidad de constituir una Empresa de Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), en cuyo caso, bajo el régimen de tributación simplificada, se entiende que todas las utilidades generadas por la empresa pasan a su fundador. Dado que la relación entre la empresa y su fundador no es laboral, no hay obligación de cotizar, recibiendo el 100% de las ganancias, estando solo sujeto al pago del Impuesto Global Complementario (IGC), el cual se encuentra exento si se tiene una renta inferior a $ 7.609.464 CLP anual.

9. ¿No es muy complicado manejar una empresa?

Es prácticamente lo mismo, en vez de emitir Boletas de Honorarios se emiten facturas.

10. ¿Qué obligaciones tengo como empresa?

No hace falta tener conocimientos contables ni legales. Al ser todo electrónico, las declaraciones juradas, mensuales y anuales se encuentran prellenadas siendo la única obligación enviarlas a través del portal del SII en los plazos que la ley establece.

11. ¿Qué costo tiene constituirse una empresa?
·         Constitución de la Empresa $7.000 CLP (aprox).
·         Patente Comercial $47.000 CLP (aprox).
·         Certificado Digital $13.000 CLP (aprox).
·         Total: $67.000 CLP.

Ejemplo renta mensual de $500.000 CLP:
·         Boleta de Honorarios 2018: $416.000 CLP
o   La renta se calcula sobre el 80% = $400.000 CLP
o   Porcentaje cotizaciones = 21%
o   Calculo cotizaciones = 400.000 x 0.21 = $84.000 CLP
o   Descuento = 500.000 – 84.000 = $416.000 CLP
·         Empresario: $500.000 CLP

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