En cuanto al Convenio Cultural entre Chile y España, cabe puntualizar que mediante el dictamen N° 15.667, de 2012, se informó que el artículo IV de ese acuerdo, a que él alude, dejó de ser aplicado por España, razón por la cual, por reciprocidad y sin protesta de esa nación, Chile, a contar del año 1998, solo emplea el mencionado instrumento, en materia de reconocimiento de títulos profesionales, respecto de chilenos que cursaron sus estudios en España, de manera que, actualmente, los nacionales de este último país, para su ejercicio en Chile deben convalidar su título ante la Universidad de Chile en virtud de lo previsto en el artículo 6° del decreto con fuerza de ley N° 3, de 2006, del Ministerio de Educación.
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