GASTOS RECHAZADOS - SII

lunes, 11 de junio de 2018


La legislación tributaria consagra un mecanismo de sanción para las empresas que incurren en gastos que no están relacionados con el giro o manifiestan una forma de retiro de utilidades a los dueños de la misma o que tengan relación o vínculos con ella.

Es el artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta el que señala las sociedades anónimas, los contribuyentes del número 1 del artículo 58, los empresarios individuales, comunidades y sociedades de personas que declaren sus rentas efectivas de acuerdo a un balance general según contabilidad completa, deberán declarar y pagar un impuesto único con una tasa del 40%, que no tendrá el carácter de impuesto de categoría, el que se aplicará sobre:

Las partidas del número 1 del artículo 33 que se afectan con la tasa del 40% y que correspondan a retiros de especies o a cantidades representativas de desembolsos de dinero que no deban imputarse al valor o costo de los bienes del activo.
a) Las remuneraciones pagadas al cónyuge del contribuyente o a los hijos de éste, solteros menores de 18 años;
b) Los retiros particulares en dinero o especies efectuados por el contribuyente;
c) Las sumas pagadas por bienes del activo inmovilizado o mejoras permanentes que aumenten el valor de dichos bienes y los desembolsos que deban imputarse al costo de los bienes citados.
d) Los costos, gastos y desembolsos que sean imputables a ingresos no reputados renta o rentas exentas los que deberán rebajarse de los beneficios que dichos ingresos o rentas originan;
e) Los gastos o desembolsos provenientes de los siguientes beneficios que se otorguen a las personas que:
– Por cualquier circunstancia personal o por la importancia de su haber en la empresa, cualquiera que sea la condición jurídica de ésta, hayan podido influir en la fijación de sus remuneraciones.
– Accionistas de sociedades anónimas cerradas o a accionistas de sociedades anónimas abiertas dueños del 10% o más de las acciones y al empresario individual o socios de sociedad de personas y a personas que en general tengan interés en la sociedad o empresa, uso o goce que no sea necesario para producir la renta, de bienes a título gratuito o avaluados en un valor inferior al costo.

Fuente: Boletín Transtecnia

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DOCUMENTACIÓN IDONEIDAD CLIENTES

sábado, 2 de junio de 2018


IDONEIDAD
DOCUMENTOS
FINANCIERO
Pre balance empresas entre 6 y 12 meses
Cert. deudas superintendencia SBIF
Cert de registro de propiedades vigentes
Cert de inscripcion de vehiculos motorizado
DJ Socio Mayor Participacion
TRIBUTARIO
Carpeta Tributaria Electronica SII
Certificado de Deuda en TGR
Cert de Gravamenes y Prohibiciones vigentes
LABORAL
Certificado de Siniestralidad
DJ Plantilla de Trabajadores
DJ Ley 20393 Responsabilidad Penal Persona Juridica
Docto Constitución(Escri/Extr.Public./Inscip.CBR)
Publicación Diario Oficial Extrac.Escr Modificaciones
Protocolización doctos.Modif (Extrac/Public/)
Último pago de Patente Comercial

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